Según la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos aprobada en Pleno extraordinarios por el ayuntamiento de Cabezón de la Sal el 31 de mayo de 2012 se comunica a los vecinos lo siguiente,
Se incurre en infracción simple entre otras cosas, por:
- El depósito en los contenedores de basuras de desperdicios sueltos que disminuyan las condiciones higiénicas de los mismos.
- Depositar las basuras y residuos fuera de los contenedores.
- Depositar escombros, voluminosos, basuras y residuos en lugares no habilitados que formen vertederos incontrolados.
- El causar daños o realizar actuaciones susceptibles de deteriorar los contenedores o sus instalaciones.
- Depositar restos de poda, voluminosos y escombros dentro de los contenedores
Ascendiendo la sanción por infracción simple a 150,00 euros.
En cuanto a los residuos de restos de poda y jardinería para su eliminación comunicamos a los vecinos los dos medios que existen: uno es la realización de compost casero obteniendo así un abono de gran calidad y el otro sería su traslado al punto limpio.
Así mismo invitamos a todos los vecinos con esta problemática de residuos de poda y jardinería a interesarse por los talleres organizados por el ayuntamiento de Cabezón de la Sal, la Agenda 21 Local y la asociación IDEM, sobre el compostaje doméstico, pudiendo recibir más información en la Agencia de Desarrollo Local.