Todos aquellos locales de hostelería que quieran instalar barras o realizar ampliación de terraza para las fiestas patronales podrán solicitarlo atendiendo a las siguientes indicaciones:
Instalación de Barras
Podrán solicitar ocupación de carácter no permanente de la vía pública, atendiendo a lo estipulado en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Ocupación de Terrenos de Uso Público con mesas y Sillas con Finalidad Lucrativa, con barras de bar atendiendo a las siguientes directrices:
• Presentación de instancia en Registro General del Ayuntamiento o en la sede electrónica.
• Adjunto a la instancia deberá presentarse un plano de situación especificando el perímetro dentro del cual se va a desarrollar la actividad.
• Deberán indicarse los metros cuadrados a ocupar y la marca patrocinadora de la barra para contrastar dichas medidas.
• Deberá presentarse la Licencia de Apertura del Local, ya que sin dicha licencia no se concederá autorización alguna.
• Deberá indicarse las fechas exactas en las que se desea instalar la barra de bar.
Ampliación de terrazas
Podrán solicitar ocupación de carácter no permanente de la vía pública, atendiendo a lo estipulado en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Ocupación de Terrenos de Uso Público con mesas y Sillas con Finalidad Lucrativa, con ampliación de terrazas atendiendo a las siguientes directrices:
• Presentación de instancia en Registro General del Ayuntamiento o en la sede electrónica.
• Adjunto a la instancia deberá presentarse un plano de situación especificando el perímetro dentro del cual se va a desarrollar la actividad, y debiendo dejar indicado cual es la concesión anual de su terraza.
• Deberán indicarse los metros cuadrados a ocupar, especificando cuales son los que ya tiene concedidos.
• Deberá presentarse la Licencia de Apertura del Local, ya que sin dicha licencia no se concederá autorización alguna.
• Deberá indicarse las fechas exactas en las que se ampliar la concesión de terraza.
• Aquellos locales que no tengan terraza anual pero deseen instalar una con motivo de las fiestas patronales, deberán adaptarse a lo indicado aquí.
El plazo máximo de presentación de instancias en el Registro General del Ayuntamiento de Cabezón de la Sal o en su sede electrónica, será el lunes día 04 de Agosto de 2025.
