Habiéndose comunicado por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria la próxima vacante en el cargo de Juez de Paz sustituto del Municipio de Cabezón de la Sal, y con el fin
de proceder al nombramiento de nuevo titular, se abre un periodo de treinta días naturales a
partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria.
Los interesados deberán reunir las condiciones previstas en el Reglamento de los Jueces de
Paz de 7 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio) y Ley Orgánica del Poder
Judicial de 1 de julio de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de julio).
La correspondiente solicitud deberá contener los siguientes datos, mediante declaración
jurada:
- Ser Español/a.
— Ser mayor de edad. - No estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad prevista en los artículos
389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tal y como se dispone en el artículo 13 del Reglamento de Jueces de Paz, con las excepciones contenidas en el artículo 14 del Reglamento. - Reunir los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial para el ingreso en
la carrera judicial. - Actividad o profesión del solicitante.
- No pertenecer a ningún partido político.
- Deber de residir en la población donde tenga su sede el Juzgado de Paz.
Junto a la instancia deberá acompañar una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
Caso de no formularse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, conforme
a lo dispuesto en el art. 6 del Reglamento 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.