Estamos en: Autonomia para Cantabria
Moción de Alcaldia
La Constitución Española, aprobada por las Cortes el 31 de octubre de 1978 y por Referéndum Nacional el día 6 de diciembre del mismo año, establece en el artículo 2º del título preliminar lo siguiente:
"La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas".
Igualmente, en el apartado 2º del artículo 143, como continuación de lo que se determina en el apartado 1º del citado artículo referente al ejercicio de derecho de autonomía, se determina que "la iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras parte de los Municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones Locales interesadas".
Actualmente, contemplada de acuerdo con el texto constitucional, la situación de la provincia de Santander es la de provincia autónoma, sin que a juicio del que suscribe lleve ello implícito el traspaso de competencias por parte de la Administración Central ni el autogobierno regional, a diferencia de lo que ocurre con las regiones con las regiones o comunidades autónomas.
Por ello, esta Alcaldia, entendiendo interpretar el sentir mayoritario de los habitantes del término municipal en cuanto a la conveniencia de que la provincia de Santander se constituya en Comunicada Autónoma, de tipo uniprovincial, al igual que las regiones de Murcia y Asturias, por considerar que la facultad de autogobierno regional ha de servir para potenciar y promover en todos sus aspectos el desarrollo de Cantabria, y teniendo también en cuenta el simbolismo que representa que promovido por este Ayuntamiento se viene celebrando desde hace doce años el Día de la Montaña, posteriormente llamado Día de Cantabria, acompañado de múltiples manifestaciones de cultura, folklore, costumbres y tradiciones de nuestra Región, destinadas a la reafirmación de la entidad personal e histórica de los habitantes de la Región, así como que en los últimos años se han leído desde el balcón de la Casa Consistorial sendos manifiestos en petición de la autonomía regional, con la asistencia de representaciones de toda la provincia, partidos políticos y parlamentarios, el alcalde que suscribe propone a la Corporación Municipal la adopción del siguiente acuerdo:
La Corporación Municipal de Cabezón de la Sal, en sesión extraordinaria del Pleno del día 30 de abril de 1979, en ejercicio de los que determina el apartado 2º del artículo, 143, capítulo 3º, del texto de la Constitución Española, acuerda solicitar del Gobierno para la provincia de Santander la concesión del régimen autonómico con el consiguiente derecho a su autogobierno como Comunidad Autónoma y con carácter de Región Uniprovincial.
Igualmente, se acuerda enviar a todos los Ayuntamientos de la provincia y a la Excma. Diputación Provincial certificación del acuerdo anterior a los oportunos efectos de información y en cuanto a lo que determina citado artículo 143 en relación con la iniciativa del proceso autonómico.
Cabezón de la Sal, 30 de abril de 1979.
EL ALCALDE,
Fdo. Ambrosio Calzada Hernández
Componentes de la Corporación Municipal el 30 de abril de 1979
U.C.D. - Don Ambrosio Calzada Hernández, Don José María Alonso Pérez, Don Santiago Ruiz de la Riva (independiente), Don Andrés Alonso Díaz, Don Manuel Abascal Güemes, Don Andrés Grande Fernández, Don Angel Canales Aja y Don Andrés Mantilla Mier.
P.S.O.E. - Don Rafael Gómez Díaz y Don Manuel Morante González.
A.E.D. - Don Indalecio Zubiaurre Rivero y Don Emilio Castañeda Venero.
P.R.C. - Don Felipe Fernández Alonso.
Secretario - Don Arturo Campos Rus